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viernes, 15 de julio de 2022

Publicaciones de nuestros investigadores

SISTEMA INTEGRAL EN EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE. UNA PROPUESTA PARA INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR.


Gutiérrez Mijares, M. E. y Pellegrini Blanco, N. C. (2022). Sistema integral en educación para el desarrollo sostenible una propuesta para instituciones de educación superior. Areté. Revista Digital del Doctorado en Educación de la Universidad Central de Venezuela. 8 (15), 181 – 203. https://doi.org/10.55560/ARETE.2022.15.8.9 

Resumen. 

Esta investigación tiene como propósito presentar un sistema que integra los principios y objetivos del desarrollo sostenible de forma articulada en los procesos administrativos de las universidades. La investigación es de tipo descriptiva, interpretativa, de diseño flexible y emergente. Responde ontológicamente a la administración educativa, utiliza el método etnográfico y técnica cualitativa. Para el diseño se estableció la ruta a seguir en 4 etapas: 1) identificación de los componentes que forman parte del sistema y sus elementos; 2) definición de la secuencia lógica de interrelación de los componentes; 3) definición de las fases; y 4) combinación de las etapas 1, 2 y 3. Se fundamenta en la Teoría de la Administración y Teoría de Sistemas, utiliza la revisión y análisis bibliográfico de distintas fuentes. Esta investigación representa una propuesta para la aplicabilidad de la educación para el desarrollo sostenible de forma integral y transversal en los ejes medulares de las universidades, además incorpora siete factores clave llamados a partir del estudio las “7i de la sostenibilidad universitaria”. 

PALABRAS CLAVE: Educación; Sostenibilidad; Aplicabilidad; Administración; Universidad; Sistema integral.

viernes, 27 de marzo de 2020

Ambiente y Universidades Sostenibles. Capitulo Venezuela

Investigación interinstitucional (2016-2017)


Propósito: 
Conocer a través de la aplicación de un grupo de indicadores RISU (Red de Indicadores de sustentabilidad Universitaria, 2014), la situación de los temas de ambiente y sostenibilidad en la gestión de universidades venezolanas, para propiciar la reflexión interna sobre las tareas pendientes y avanzar en la gestión ambiental hacia instituciones sostenibles, en dos sentidos

  • Por la propia aplicación del instrumento RISU y confrontación de información de las diferentes dimensiones de análisis en personas con cargos gerenciales. 
  • Por la presentación de los resultados, como compromiso de cada investigador, en el órgano de mayor representatividad en las universidades participantes. 

Este Capítulo Venezuela permitió contar con una línea base para mejorar la gestión ambiental universitaria y observar los cambios en forma referencial; así como, reconocernos en la visión de universidades sostenibles para compartir experiencias y fortalecer el trabajo en red. Por otra parte, dar a conocer el grupo de indicadores permitirá que las universidades se repiensen en acciones concretas con el compromiso de superar debilidades en sus funciones sustantivas desde un sistema de indicadores. También este documento es respuesta de REDVUA, luego de participar en la Red de Indicadores de Sostenibilidad Universitaria (RISU, 2014), como producción de la unificación de esfuerzos de la Alianza de Redes Iberoamericanas de Universidades por la Sustentabilidad y le Ambiente (ARIUSA) ante la convocatoria de la Universidad Autónoma de Madrid bajo la coordinación del Dr. Javier Benayas. Allí cada red universitaria de nueve países latinoamericanos asumió el compromiso de elaborar con los datos el Capítulo país. En el caso Venezuela, en aquel momento, solo participaron seis (6) universidades, por tanto era necesario ampliar la intervención para obtener mayor representatividad, en tal sentido para la conformación del Capítulo Venezuela se logró que el compromiso lo asumieran 17 universidades a nivel nacional. 


Enlace del libro: https://www.iau-hesd.net/sites/default/files/documents/2017-12-01_redvua_libro_completo.pdf

María Angela Flores-P. 
27/03/2020

miércoles, 25 de marzo de 2020

El humano derecho al agua


“La privación de agua limpia y saneamiento básico destruye más vidas que cualquier guerra o acto terrorista.”
 (PNUD, Informe de Desarrollo Humano 2006)
Por: Adelina Comenarez
22/03/2020

Cada año, el 22 de marzo se conmemora el Día Mundial del Agua, en éste, 2020, no habrá celebraciones, el mundo está paralizado, justamente por una amenaza que se mitiga con un poco de agua, lavándose las manos.
Pero, ¿cómo atenuarla?, cuando en el mundo millones de personas carecen de ese líquido y son víctimas de la violación del elemental derecho a la vida, al ser privadas  del Humano derecho  al agua.
La interdependencia entre la disponibilidad de agua con el derecho a la vida, la salud, la dignidad de las personas, llevó a que ese servicio fuera considerado como un derecho humano en el 2010,  reconocido  como  el derecho de todos los seres humanos a tener acceso a una cantidad de agua suficiente para el uso doméstico y personal (entre 50 y 100 litros de agua por persona y día) y que sea segura, aceptable y asequible (el coste del agua no debería superar el 3% de los ingresos del hogar), y accesible físicamente (la fuente debe estar a menos de 1.000 metros del hogar y su recogida no debería superar los 30 minutos). (Naciones Unidas, 2010).
¿Se cumplen estas condiciones en Venezuela?
Conforme a la medición del Observatorio Venezolano de Servicios Públicos, (2020) realizada durante el mes de diciembre, el 65,9% de los habitantes de las diez de las principales ciudades del país, califican el servicio de agua potable que reciben en sus hogares en forma negativa, pese a que el 91,8% de toda la muestra indica tener acceso formal a tuberías, lo cual no significa que reciban el agua.
Asimismo,  de acuerdo al Balance Anual  Ambiental, presentado por Vitalis (2020),  la situación actual del suministro de agua potable constituyó uno de los problemas sanitarios más graves en el año 2019,  cuyos efectos sobre la calidad de vida y en términos ambientales se observan tanto en las ciudades como en el ámbito rural.
Durante ese año aumentó la escasez debido a las graves fallas en el servicio eléctrico, desde el mes de marzo, que afectaron,  y continúan afectando, las estaciones de rebombeo, por lo cual la gente se vio obligada a recoger el líquido incluso en redes de aguas servidas, con un grave riesgo epidemiológico en la población.
Los expertos consultados en el Informe coincidieron en señalar que durante el año 2020, el tema de los recursos hídricos debe recibir atención prioritaria, tanto por las instancias gubernamentales como por los ciudadanos en general: para el 87% es urgente prestar cuidado al monitoreo de la calidad del agua, el 84% al monitoreo de las cuencas hidrográficas y el 77% a la gestión integrada de los recursos hídricos (OVSP, 2020)
Entonces, ¿Por qué se dice que se violan los derechos humanos a estos ciudadanos?  Un poco de historia sobre los objetivos de Desarrollo del Milenio, los Objetivos del Desarrollo Sostenible y el derecho al agua:
En septiembre del año 2000, ante las expectativas generadas por el nacimiento del nuevo siglo, se llevó a cabo la Cumbre del Milenio, donde se reunió a 191 países. Allí se establecieron los Ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio para orientar las acciones a seguir con el propósito fundamental de erradicar la pobreza y el hambre en el mundo para el año 2015, así como la lucha contra el analfabetismo, la falta de educación, la desigualdad entre los géneros, la mortalidad infantil y materna, la enfermedad y la degradación del medio ambiente, además de crear alianzas en el mundo a favor del desarrollo. (ONU, 2000).
Estos objetivos constituyeron un marco normativo para orientar la formulación de políticas públicas dirigidas a propiciar el desarrollo humano. El logró de las metas establecidas se vinculó con la disponibilidad de agua potable; por ejemplo, con la mejora en la capacidad de producción de alimentos, lo cual favorece la disminución del hambre, con ello progresarán las condiciones de salud de las personas, con incidencia sobre el descenso de la mortalidad infantil y materna, en la propagación de grandes enfermedades, como el sida y la malaria, en general se dispondrá de hábitat más limpios y saludables que modificarán las condiciones de vida de las personas. (Organización de las Naciones Unidas y el Programa Mundial de Evaluación de los Recursos Hídricos, 2003).
En septiembre de 2015 en la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó  la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, para dar continuidad a las anteriores, sobre desarrollo humano y desarrollo sostenible, con el propósito de ser una agenda internacionalmente consensuada para la construcción de un modelo de desarrollo que garantice el bienestar de las personas y la sostenibilidad del planeta. Ella contiene 17 objetivos y 169 metas, interconectadas, debido a la integralidad y relación entre los fenómenos sociales, económicos y ambientales.
Considerando la vinculación entre los objetivos se formuló el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 6  «Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos», planteado para que contribuya con el progreso de otros ODS, especialmente en salud, educación, crecimiento económico y medio ambiente.
Esta agenda es considerada toda una declaración de intenciones sobre derechos humanos, abarca desde el derecho humano al agua, la violencia de género el derecho a una vivienda adecuada, trata de apuntalar la responsabilidad de todos los países, ricos y pobres, para enfrentar la pobreza, desigualdad e injusticia y reforzar la cooperación internacional, (Sainz, 2018), y  será decisivo mantener este enfoque para darle seguimiento a las políticas sociales, económicas, fiscales a ser llevadas a cabo por cualquier  estado en los próximos años  y un parámetro para exigir y evaluar a los gobiernos su cumplimiento,  esto último de particular importancia y necesidad ante la coyuntura de la pandemia que atraviesa la humanidad.
El 28 de julio de 2010 la Organización de las Naciones Unidas, (ONU, 2010) reconoció el derecho humano al agua, expresado en la Resolución A/64/L.63/, declaración que debería tener implicaciones en las políticas públicas de los Estados ya que para disponer de los servicios de agua potable y saneamiento se requieren grandes inversiones, por lo cual se plantea la disyuntiva sobre calificarlo como bien económico o bien social, para garantizar el acceso con equidad especialmente a los más pobres:
1. Reconoce que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos;
2. Exhorta a los Estados y las organizaciones internacionales a que proporcionen recursos financieros y propicien el aumento de la capacidad y la transferencia de tecnología por medio de la asistencia y la cooperación internacional, en particular a los países en desarrollo, a fin de intensificar los esfuerzos por proporcionar a toda la población un acceso económico al agua potable y el saneamiento.
Los gobiernos tienen el deber de garantizar que todo el mundo tenga acceso a esos servicios en un plazo aceptable, por tanto deben adoptar leyes, políticas y programas adecuados y garantiza los recursos y sistemas de control necesarios. Pero también otros entes, como las familias, docentes, líderes religiosos, autoridades tribales, empresas del sector privado, organizaciones sociales y cualquier otro agente con compromisos, deberes y responsabilidades respecto a la garantía y realización del derecho, derivado ello de la corresponsabilidad social.
 La garantía del derecho al agua y saneamiento pasa a ser una obligación legal y universal, que abarca otros aspectos como son el flujo de ayuda financiera, la asistencia técnica y los sistemas equitativos de comercio internacional, (Romero, Fernández y Guzmán, 2013), lo cual tendrá mayor relevancia en el futuro en el marco la pandemia por el corona virus que está arrastrando a una crisis a la economía mundial.
Una amenaza recién descubierta por la humanidad, el COVID-19, viene a recordar nuevamente, que un abastecimiento adecuado de agua es indispensable  para reducir el riesgo de enfermedades relacionadas  con este recurso y para satisfacer las necesidades de consumo, de higiene personal y doméstica, así que en esta coyuntura que atraviesa la raza humana disponer de este bien,  como nunca, garantiza la vida; pero, ¿cómo  aplicar las recomendaciones harto conocidas de lavarse las manos, cuando no dispones de una gota de agua en tu casa y todas las condiciones son adversas para proveerte de ella?
En este desconocido escenario de incertidumbre que  atraviesa a la humanidad, el acceso al agua y saneamiento no puede seguir corriendo  riegos de recortes a los recursos que se asignen a este sector, en particular por los organismos internacionales, y dificulten a un más las posibilidades de avanzar hacia el objetivo 6, y en consecuencia, se aleje el derecho de todos a satisfacer un humano derecho al agua, como reza el eslogan “agua para todos, agua para la vida”
La necesidad de la gestión pública eficiente para enfrentar los problemas vinculados con la crisis del agua, fue  uno de los aspectos destacados por el PNUD en el Informe sobre Desarrollo Humano 2006, donde se afirma que se aborda un tema con profundas repercusiones para el potencial humano. Cuando en este informe se analiza la función que cumplen el agua y el saneamiento sobre el desarrollo humano, se enuncia en último lugar “Garantizar el sentido de la dignidad humana”, aunque el término puede parecer subjetivo, éste debería ser el primer objeto del desarrollo, a partir de  ese sentido el ser humano encuentra la expresión de la humanidad, el respeto a sí mismo y en consecuencia la alteridad y convivencia con el otro,  por lo cual puede afirmarse que la disponibilidad de agua potable y saneamiento trasciende la necesidades físicas del ser humano, para alcanzar las necesidades espirituales, como evoca el sentido de lo que debe ser el desarrollo humano sostenible, de allí la necesidad de ser considerada como un derecho humano fundamental, el humano derecho al agua.
Referencias
Vitalis (2020).  Situación Ambiental de Venezuela 2019-2020. Balance Anual Ambiental.  Caracas, 30 de enero de 2020. Disponible https://drive.google.com/file/d/0B319HZr6QgAoOTdwZXp4LUlhMDBPYk5WS2M2RjF6QzRVVTVV/view
PNUD (2006): Informe Sobre Desarrollo Humano 2006: Más allá de la Escasez. Poder, Pobreza y la Crisis Mundial del Agua. Programa de Naciones Unidas para el desarrollo.
NACIONES UNIDAS: Asamblea General de Naciones Unidas (2010): Resolución A/RES/64/292. El derecho humano al agua y saneamiento. Aprobada el 28 julio 2010. http://www.un.org/en/ga/64/resolutions.shtml
Romero E., Fernández Aller C. y Guzmán C.  (2013) Derecho humano al agua y al saneamiento: derechos estrechamente vinculados al derecho a la vida 3 Documentación Social 170 Pág. 202 al 236
Sainz I.  (2018) La Agenda 2030 y los Derechos Humanos. En UNESCO. Transforma nuestro mundo, ¿realidad o ficción?  Etxea Centro Unesco del País Vasco. Disponible  http://www.unescoetxea.org/dokumentuak/transformar_nuestro_mundo.pdf


Sociedades vulnerables e insostenibles


Por: Andrés Aguiar Zuluaga, Dr
Profesor UPEL –IMPM,
Comunicador Social  



La grave crisis humanitaria causada por el CORONAVIRUS nos lleva a instituir que somos una sociedad vulnerable e insostenible fundamentalmente en aquellas regiones con menos recursos financieros y deficientes servicios públicos entre ellos agua potable, salud y educación.  Realidad que lleva a los gobiernos a la necesidad de implementar nuevas políticas públicas en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible, Agenda 2030, dirigidas a reducir las desigualdades sociales y económicas. Con el propósito de impulsar la sostenibilidad social que conduzca a un mayor acceso e igualdad social, al respeto por los derechos humanos y, a mejoras en materia de salud y educación.



En este contexto, la pandemia COVID-19, fue declarada por la Organización Mundial de Salud como una emergencia de salud pública. Situación que obligó a los gobernantes de distintos países a realizar gestiones de coordinación y cooperación para enfrentar el coronavirus en sus regiones. Todo esto nos indica que los gobiernos deben prestar mayor atención a la inversión en los sectores salud y educación entre otros, además de promover la investigación sobre salud pública y mejores presupuestos para la infraestructura hospitalaria y equipos médicos. A fin de garantizar óptimos servicios a la ciudadanía.



Finalmente, el COVID-19 nos demostró que somos una sociedad vulnerable e insostenible ante cualquier crisis sanitaria o fenómeno natural que se nos presente. Por consiguiente queda a los gobiernos tomar las previsiones económicas y políticas en función de responder de manera eficiente en contingencias futuras que puedan sobrevenir.



Andrés Aguiar Zuluaga
Premio Regional de Periodismo 2004. 
20/03/2020

miércoles, 5 de febrero de 2020

Proyecto: Avances y retrocesos de la responsabilidad ambiental en las universidades venezolanas: una cuestión de derechos humanos

Considerando la actual crisis venezolana en materia de derechos humanos (ONU, 2019) y violación a las normativas ambientales (Álvarez, 2019) la Red Venezolana de Universidades por el Ambiente (REDVUA), ajustada a sus propósitos de creación, acordó con algunos de sus integrantes monitorear la situación ambiental dentro de las universidades  la responsabilidad y compromisos. De tal manera identificar y reportar la violación a los Derechos Humanos (DDHH) que se vive en las universidades venezolanas, en una constante falta de servicios básicos, actualizaciones académicas y recursos financieros para el adecuado funcionamiento. 

La metodología será a través de cuestionarios digitales con preguntas abiertas y en algunos casos algunos datos cuantitativos que demuestren los hechos, los mismos serán aplicados a informantes clave de universidades que forman parte de REDVUA. El alcance de esta investigación será la denuncia y registro histórico de hechos que acontecen dentro de las instituciones por el ataque sistemático a la libertad de pensamiento crítico y disminución de recursos financieros; producto, entre otras cosas, de la inflación desmedida que se vive en los últimos años.


Desde un abordaje de DDHH, se trabajaran las áreas que se iniciaron con el Proyecto RISU (2014)





Investigadores comprometidos y universidades de filiación: 

  • Carelia Hidalgo ( FURG-Brasil)
  • Adelina Colmenarez (UCLA, Barquisimeto, Lara, Venezuela)
  • María Angela Flores P. (UC, Valencia, Carabobo, Venezuela)
  • Andrés Aguiar (UPEL-IMPM Caracas, Venezuela) 
  • María Elena Hidalgo (UPEL-JMSM-Caracas, Venezuela)
  • Ana Bracho (IUDAG, Caracas, Venezuela) 
  • Nila Pellegrini Blanco (USB, Caracas, Venezuela)
  • Roxy Pérez (UC, Valencia, Carabobo, Venezuela)
  • Abel Rodríguez (Unesur, Santa Bárbara, Zulia, Venezuela) 
  • Geovanni Siem (UCV, Caracas, Venezuela)
  • Joaquín Benítez (UCAB, Caracas, Venezuela) 
  • Mariadela Mendoza (UNELLEZ, Barinas, Venezuela)
  • Olga Ochoa (UNELLEZ, San Carlos, Cojedes, Venezuela)  
Referencias

Álvarez, A. (22 de junio de 2019) Carta a Michelle Bachelet por la situación de los derechos humanos ambientales en Venezuela. [Mensaje en un blog] Recuerado de    http://forotuqueque.blogspot.com/2019/
Benayas, J. et al. (2014) Proyecto RISU. Resumen Ejecutivo Proyecto RISU. Madrid: Universidad Autónoma de Madrid y Alianza de Redes Iberoamericanas de Universidades por la Sustentabilidad y el Ambiente. 52 p.,  

COP27: La Traición

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